28 December, 2010

A propósito de fiestas, celebraciones y alcohol…
  • La edad mínima para acceder a locales de ocio nocturno y el consumo de alcohol es de 18 años. Si te lo requieren, deberás identificarte con tu DNI, para demostrar que superas esa edad.
     
  • El consumo de alcohol en las vías públicas (“hacer botellón” en la calle) te puede suponer diversas sanciones, dependiendo de las ordenanzas municipales.
     
  • El consumo de ALCOHOL es absolutamente INCOMPATIBLE con la conducción de ningún vehículo. La tasa máxima para los permisos A y B es de 0,25 mg/l. Para los CONDUCTORES NOVELES ES DE 0,15mg/l. Una cerveza o una copa de vino pueden suponerte problemas serios en alguno de los muchos CONTROLES de alcoholemia que Guardia Civil u otras policías locales y autonómicas han reforzado para estas fechas por carreteras y calles de toda España. Si das positivo en el control, puede ser delito y, dependiendo de las circunstancias, llevarte directamente a la cárcel. Además, el alcohol afecta seriamente a tu capacidad de conducción, pone en riesgo tu vida, la de tus amigos y la del resto de ciudadanos, que no tienen la culpa de tu grave irresponsabilidad.
     
  • No permitas que ningún amigo o compañero tuyo conduzca si ha bebido en algún evento o fiesta: cuando escuches lo de “YO CONTROLO”, recuérdale que muchos también lo creyeron… antes de tener un accidente o ser parado en un control de alcoholemia. Si algún colega tuyo quiere conducir tras haber bebido, IMPÍDESELO. Mejor prevenir y que te diga que eres “un brasas” a lamentarse luego por no haberlo hecho en el momento. No cuesta nada organizarse entre varios para volver en taxi o con alguien que no haya bebido.

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